Copyright: Derecho de Autor y Copyright | Derechos de autor

Copyright derechos de autor

Copyright: Derecho de autor y copyright


El Derecho de autor es una concepción europea


El Derecho de autor en la concepción europea se centra en la protección del creador persona física, del autor en sentido propio. Es por tanto, un derecho indisolublemente vinculado a la persona del autor que es quien puede adquirir ese derecho a título originario, y es además la persona a la que se vincula el derecho moral sobre su obra, que es intransmisible e irrenunciable y que le otorga facultades tan importantes como la de decidir si su obra ha de ser divulgada o no, reclamar la paternidad sobre la obra, exigir que se mantenga la integridad de la misma y también el derecho de arrepentimiento para retirar del mercado una obra debido a las convicciones personales del autor en un momento determinado.

Además, como se trata de proteger al autor persona física, y se entiende que éste tiene una posición negociadora ventajosa frente a las empresas a las que cede sus derechos para que la obra sea explotada, ya se ha señalado que el Derecho europeo trata de proteger al autor en todos los negocios que éste realice para ceder a terceros sus derechos de explotación.

Copyright: Derechos de autor y copyright

El Copyright es una concepción norteamericano


Frente a este planteamiento, el copyright norteamericano no se vincula a la persona del creador, sino que se centra en el derecho empresarial a la explotación de la obra en el mercado. El copyright no es un derecho de autor, sino que es el derecho a reproducir, es decir es el derecho a explotar la obra protegida. Por esta razón el copyright no trata de proteger al autor persona física y ello permite que el titular originario del mismo sea tanto una persona física como una persona jurídica. En este contexto tiene una función fundamental la categoría de las “works made for hire”, esto es, las obras por encargo, puesto que, en efecto, en las obras hechas por asalariados o las obras hechas por encargo el derecho original del copyright nace a favor del empleador o de quien hizo el encargo.

Derecho de autor vs Copyright


Esta concepción empresarial que tiene el copyright hace que desconozca la categoría del derecho moral del autor, aunque es cierto que las facultades que ese derecho moral atribuyen al autor pueden derivarse de otras leyes distintas como son las que se refieren al derecho a la privacidad o a la protección del derecho a la personalidad o de la regulación contra la competencia desleal. Pero es lo cierto que el derecho moral como categoría fundamental de un derecho atribuido al autor es desconocido en el copyright y las facultades equivalentes a las que atribuye el derecho moral en Europa, aunque puedan apoyarse en leyes distintas a las del copyright, es importante tener en cuenta que esas facultades son renunciables o transmisibles, mientras, que como ya se ha dicho, el derecho moral en el sistema europeo es irrenunciable e intransmisible.

Diferencia entre derecho de autor y copyright


Acorde también con todo este planteamiento que acaba de exponerse, ya se ha visto que en el Derecho de autor europeo no es posible que el autor transmita todos sus derechos. No puede transmitir los derechos morales y la transmisión de sus derechos económicos tiene que hacerse con carácter expreso y se interpreta siempre restrictivamente. Por el contrario en el copyright el derecho del titular del mismo es libremente transmisible, en todo o en parte y las facultades que se corresponderían con el derecho moral son también libremente renunciables.

Hay que señalar, además, que el Derecho norteamericano desconoce la distinción europea entre el Derecho de autor en sentido estricto y los derechos conexos.

Como puede apreciare se trata de dos aproximaciones muy distintas por lo cual es equívoco traducir copyright por Derecho de autor y viceversa. Pero se trata en definitiva de concepciones que cada vez están obligadas a convivir de manera más estrecha en el mundo globalizado en el que nos movemos.