Derechos de autor ejemplos: Derechos de autor | Propiedad intelectual

Derechos de autor

Derechos de autor: Derechos de autor ejemplos


1- ¿El derecho de autor protege las ideas?


El derecho de autor no protege las ideas, sino la forma como estas son expresadas, y exteriorizadas a través de una manifestación concreta de carácter literario, artístico o científico.

2- ¿La obra de un autor que no sea famoso es protegida por el derecho de autor?


Sí es protegida porque para el derecho de autor el mérito o el destino de la obra no son tenidos en cuenta para protegerla.

3- ¿Debe registrarse una obra para que la proteja el derecho de autor?


No es necesario el registro de la obra como condición o requisito para ser protegida. Una obra es protegida por el solo hecho de su creación.

4- ¿Un autor puede cederle la autoría a otra persona para que esta aparezca como autor?


No es posible, pues la autoría de la obra corresponde al derecho moral de paternidad y los derechos morales son inalienables.

5- ¿Se puede transformar libremente una obra ya existente?


Es necesaria la autorización previa y expresa del autor o titular del derecho sobre la obra original o preexistente que se pretende transformar. El autor de la obra derivada recibe sobre su aporte creativo la protección del derecho de autor, pero sin perjuicio del derecho de autor de la obra originaria o primigenia. Además debe respetarse el derecho moral de integridad de la obra original.

6- ¿El derecho de autor protege el software?


Sí. El programa de ordenar o software se asimila a una obra o creación del ámbito literario y es protegida por el derecho de autor.

7- ¿Cuando un autor muere se terminan sus derechos de autor?


Debe diferenciarse entre los derechos morales y los patrimoniales. Los derechos morales son perpetuos e imprescriptibles. En cuanto a los derechos patrimoniales, en Colombia el término de la protección es de la vida del autor y ochenta años después de su muerte, por lo cual esos derechos se transmiten a sus herederos.

8- ¿El propietario de un libro o un disco, por ejemplo, puede disponer de los derechos sobre la obra u obras que contiene?


No puede hacerlo, porque la propiedad del soporte material o físico que contiene la obra no lo hace titular o propietario de los derechos de autor sobre las obras o bienes intelectuales incluidos en el soporte.

9- ¿Se pueden vender o transferir los derechos de autor mediante un acuerdo verbal?


No es posible hacerlo, pues la Ley exige que todo acto de enajenación del derecho de autor conste en escritura pública o en documento privado reconocido ante notario. De lo contrario carecen de validez jurídica.

10- ¿Es posible realizar una copia de una obra para uso personal?


Sí es posible porque la ley permite la reproducción u otra forma de utilización de una obra en un solo ejemplar para uso privado y sin ánimo de lucro.

11- ¿Se pueden citar en la realización de una obra partes o fragmentos de otra obra?


Sí es posible hacerlo, pues la ley garantiza como limitación al derecho de autor, el llamado derecho de cita. No obstante el derecho de cita a su vez debe ejercerse de manera que los pasajes transcritos no sean tantos y seguidos que constituyan una reproducción simulada y sustancial de la obra.

12- ¿Si tengo un programa de ordenar o software con licencia puedo sacar todas las copias que quiera?


Solamente se puede sacar una copia de seguridad, pues aún la copia para uso personal requiere autorización del titular de los derechos. Usualmente la licencia de software expresa para cuantos puntos o equipos se concede esa licencia y no se pueden realizar copias en número mayor al autorizado.

13- ¿El derecho de autor es un impuesto?


No es un impuesto, sino un derecho privado reconocido en la ley.

14- ¿Como Internet no tiene dueño sino que es de uso público, las obras que allí se encuentran son de libre utilización?


No, pues es diferente la naturaleza de Internet como canal o medio de difusión o comunicación, a la naturaleza de los contenidos que existen en Internet. Si los contenidos son obras o bienes intelectuales, se requiere la utilización previa de los titulares de derechos, para utilizarlos, salvo los casos de excepciones o limitaciones al derecho de autor.

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