OMPI: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual | Derechos de autor

Propiedad intelectual: Derechos de autor

OMPI: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual


¿Qué es la OMPI?


La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo cuyo fin principal es desarrollar un sistema para defender los derechos de propiedad de las creaciones surgidas de la mente, de las ideas, como obras literarias, artísticas y científicas, ayudando y fomentando la creatividad e innovación.

Su funcionamiento está recogido en el Convenio de la OMPI, instrumento constitutivo firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, que entra en vigor en 1970 y fue enmendado en 1979. La OMPI es una organización intergubernamental que en 1974 pasó a ser uno de los organismos especializados del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas.

Propiedad intelectual: OMPI Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

Objetivos de la OMPI


La OMPI tiene dos objetivos principales. El primero de ellos es fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados. El segundo es asegurar la cooperación administrativa entre las Uniones de propiedad intelectual establecidas por los tratados administrados de la OMPI.

La OMPI realizará diversas actividades para conseguir los objetivos previstos:
  • Actividades normativas o creación de normas para la protección y ejecución de los derechos de propiedad intelectual.
  • Actividades programáticas, o prestación de asistencia técnica a los Estados en el ámbito de la propiedad intelectual.
  • Actividades de normalización y de clasificación internacional o la cooperación entre las oficinas de propiedad industrial en lo que respecta a patentes, marcas de fábricas y documentación relativa a dibujos y modelos industriales.
  • Actividades de registro o prestación de servicios relacionados con las solicitudes internacionales de patentes de invención y el registro internacional de marcas y dibujos y modelos industriales.
Puede ser miembro de la OMPI cualquier Estado que sea miembro de las Uniones o cualquier Estado que cumpla ciertas condiciones.

OMPI: Estructura y Organización


La OMPI está formada por tres órganos principales: la Asamblea General, la Conferencia y el Comité de Coordinación. Además hay otros estamentos, reglamentos y documentos que forman parte de su organización.

Asamblea General: La Asamblea General está formada por los Estados miembros de la OMPI que también sean miembros de una de las Uniones. Se reúne una vez cada dos años en sesión ordinaria y entre sus principales funciones cabe mencionar las siguientes: designar al Director General a propuesta del Comité de Coordinación, examinar y aprobar los informes del Director General y los informes y las actividades del Comité de Coordinación, adoptar el presupuesto bienal de los gastos comunes a las Uniones y el reglamento financiero de la Organización.

La Conferencia: La Conferencia de la OMPI está formada por los Estados que forman parte del presente Convenio. Se reúne en sesión ordinaria cada dos años. Entre otras funciones, es el órgano competente para adoptar modificaciones del Convenio, se encarga de examinar todas las cuestiones relativas a la asistencia técnico-jurídica y establece el programa bienal para la prestación de esa asistencia. Asimismo, es competente para examinar las cuestiones de interés general en el ámbito de la propiedad intelectual y puede adoptar recomendaciones relativas a esas cuestiones.

Comité de Coordinación: El Comité de Coordinación de la OMPI está formado por miembros elegidos entre los miembros del Comité Ejecutivo de la Unión de París o el Comité Ejecutivo de la Unión de Berna. Se reúne en sesión ordinaria una vez al año y sus principales funciones consisten en aconsejar a los órganos de las Uniones, la Asamblea General, la Conferencia y al Director General sobre todas las cuestiones administrativas y financieras de interés común a esos órganos. Asimismo, se encarga de preparar el proyecto de orden del día de la Asamblea General y los proyectos de programa y de presupuesto de la Conferencia. Además, cuando sea necesario, propone el nombre de un candidato para ser designado para el puesto de Director General por la Asamblea General.

Secretaría: La Secretaría es quien se encarga de coordinar, a lo largo del año, las reuniones de los órganos integrados por los Estados miembros. La Secretaría de la OMPI, u Oficina Internacional, se encuentra en Ginebra y entre los miembros de su personal se cuentan más de 90 nacionalidades.

Oficinas de la OMPI


Sede de la OMPI
Dirección: OMPI, 34, chemin des Colombettes, Ginebra
Dirección postal: C.P. 18, CH-1211 Ginebra 20
Dirección telegráfica: OMPI Geneva
Teléfono: +41-22 338 9111
Fax: +41-22 733 54 28
Internet: http://www.ompi.int

Oficina de Coordinación de la OMPI ante las Naciones Unidas en Nueva York
Dirección: Suite 2525, 2 United Nations Plaza, New York, N.Y. 10017
Teléfono: +1-212 963 6813
Fax: +1-212 963 4801
Télex: 420544 UNH UI

Estados miembros de la OMPI


Los Estados que forman la OMPI son quienes toman las decisiones relacionadas con su estrategia y las actividades a desarrollar. Estas decisiones son tomadas en las asambleas, comités u otros órganos como conferencias o grupos de trabajo.

Hoy la OMPI es una entidad integrada por 184 Estados miembros, más del 90% del total de países del mundo, con 938 funcionarios procedentes de 95 países, y su misión y mandato están en constante evolución.

España como país miembro tiene información al respecto en la Subdirección General de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y en la Oficina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

OMPI: Leyes y Normas Internacionales


La OMPI es responsable de fomentar entre sus Estados miembros una evolución equilibrada de la legislación, las normas y los procedimientos en relación con la propiedad intelectual. Esto conlleva la organización y realización de consultas con los Estados miembros y otros grupos anexos.

La OMPI administra 24 tratados internacionales (16 de propiedad industrial, 7 sobre derecho de autor y el convenio de la Organización) que son diferenciados en tres grupos:

Protección de la Propiedad Intelectual: Define normas básicas convenidas internacionalmente para la protección de la propiedad intelectual de cada país.

Registro: Los tratados de registro garantizan que una solicitud de registro internacional sea válida en cualquier Estado, proporcionando una simplificación al presentar solicitudes en otros países donde se requiera protección para un determinado derecho de propiedad.

Clasificaciones Internacionales: Los tratados de clasificación ofrecen información organizada sobre invenciones, marcas, dibujos y otros modelos industriales para su fácil acceso y utilización.

OMPI: Centro de Arbitraje y Mediación


El Centro de Arbitraje y Mediación tiene su sede en Ginebra (Suiza), fue creado en 1994 para promover la solución de controversias en materia de propiedad intelectual por medio de métodos alternativos de solución de controversias. Procedimientos sobre resolución de controversias: Mediación: Procedimiento no vinculante donde un tercero o mediador ayuda a las partes a solucionar las controversias.

Arbitraje/Arbitraje acelerado: El Arbitraje es un procedimiento en el que una controversia se somete a uno o varios árbitros que dictarán una decisión. En el Arbitraje acelerado se dicta laudo o sentencia en un plazo breve y de forma más económica.

Proceso de decisión de experto: Procedimiento en el que la controversia se somete a la decisión de uno o varios expertos. Será o no vinculante según la decisión de las partes en litigio.

En función de la elección de las partes enfrentadas, se pueden realizar varios de estos procedimientos secuencialmente, hasta la decisión final.

OMPI: Protección de los derechos de autor


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